Marcado CE para puertas de garaje

En SB Automatismos te ofrecemos el servicio de elaboración del certificado de marcado CE para puertas de garaje y Declaración de conformidad CE, tanto para el profesional (fabricantes e instalador) como el propietario de la puerta.

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    Trabajamos en Granada, Málaga y gran parte de Andalucía.

    Marcado CE para puertas de garaje

    Nos aseguramos de que disponga del Marcado CE de su puerta con toda la documentación necesaria, encargándonos de la visita a las instalaciones por un perito técnico para la toma de mediciones con dinamómetro, la adecuación de las instalaciones a las normativas vigentes, la elaboración del expediente técnico completo y demás trámites necesarios y obligatorios.

    El Marcado CE es la garantía de que su puerta ha sido sometida a distintos tipos comprobaciones para certificar su durabilidad y calidad. Además, le evita posibles sanciones derivadas de inspecciones o que, en caso de accidente, tenga que asumir los gastos derivados de la reparación de los daños, ya sea a vehículos o personas, ya que quedarán cubiertas por el seguro.

    ¡Contáctenos y nos encargaremos de todos los trámites necesarios para que obtenga su Marcado CE!

     

    Obligatoriedad del Marcado CE para la Comunidad Europea

    Las normas UNE-EN 13241:2004+A2:2017 y UNE-EN 16034:2015 nos indican por qué es obligatorio el Marcado CE y establecen la normativa al respecto. Estas normas afectan a las puertas industriales, las puertas comerciales, puertas de garaje y barreras. Con ellas se pretende garantizar que cada pieza de la instalación ha sido sometida a distintas pruebas de calidad y que cumplen todos los requisitos de seguridad que se exigen. El propietario de la puerta debe encargarse de disponer de la documentación obligatoria (certificado CE de conformidad, manual de uso, libro de mantenimiento, etc.) que debe entregarse una vez se realizan las pruebas necesarias para su obtención.

    Esta normativa se aplica a las puertas de garaje motorizadas a partir del 1 de mayo de 2005 y en puertas manuales desde el 1 de enero de 1995, destinadas a instalarse en áreas accesibles a las personas y cuyo principal objetivo es dar seguridad de acceso a mercancías y vehículos acompañados de personas

    La obligación del mantenimiento preventivo en las puertas de garaje

    El Código Técnico de la Edificación (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, «BOE» núm. 74, de 28/03/20), recoge la obligatoriedad del Marcado CE y del Mantenimiento (Documento Básico SUA, Seguridad de Utilización y Accesibilidad. SUA 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento. Apartado 1.2, puntos 3 y 4). El documento básico de seguridad de utilización y accesibilidad DB-SUA” del Código Técnico de la Edificación (Orden VIV/984/2009 de 15 de abril, BOE 23-04- 2009) establece la normativa respecto a la obligatoriedad de realizar el mantenimiento en una puerta de garaje, comercial o industrial. La finalidad de este documento no es otra que, garantizar que la instalación está en perfectas condiciones de uso, extendiendo la vida útil del producto y detectando anomalías en el funcionamiento para que puedan ser subsanadas de forma eficiente evitando de esta forma, en lo máximo posible, el riesgo de accidentes y averías. Los períodos de revisión de mantenimiento preventivo varían según el tipo de puerta y el uso que se haga de la misma, siendo el fabricante el responsable de estipular esa periodicidad. En caso de que no sea así, la propia normativa indica los períodos de mantenimiento preventivo según el tipo de puerta y el uso que se le da a la misma.

    Responsabilidades, sanciones e infracciones en caso de no disponer del Marcado CE

    Si el propietario de la puerta recibe una inspección y no dispone de la documentación completa requerida puede recibir una sanción por importe de hasta 90.000€ por el incumplimiento de la normativa. En el caso de que hubiese un accidente donde el propietario de la puerta no pudiera demostrar que la puerta dispone de Marcado CE o del mantenimiento preventivo las sanciones pueden llegar a alcanzar los 600.000€. Estas sanciones también podrían aplicarse a la empresa instaladora, que está obligada a realizar el Marcado CE según normativa, ya sea en una nueva instalación o en la reparación de una instalación ya existente.

    Si quedase demostrado en un accidente que la puerta de garaje no dispone del Marcado CE o del mantenimiento obligatorio la aseguradora podría negarse a cubrir los gastos derivados. La aseguradora puede solicitar la documentación al abrirse un parte de accidente o de daños, lo que deriva toda responsabilidad en el titular o propietario (incluido comunidades de vecinos y administradores de fincas).

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